Gastos en la venta de bienes inmuebles

Gastos en la venta de bienes inmuebles

25 mayo
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Gastos en la venta de bienes inmuebles

Comisión de la agencia inmobiliaria

La Comisión a la agencia de bienes raíces generalmente es pagada por el vendedor. La Comisión es un porcentaje del valor de venta de la propiedad.

Impuestos a pagar después de la venta de bienes inmuebles en España

Después de la venta de la propiedad en España, cada propietario está obligado a pagar los siguientes impuestos:

Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) o "Plusvalía municipal"

Este impuesto se paga al municipio local y se calcula sobre la base del cambio en el valor catastral de la tierra entre el momento de su compra y venta.

Impuesto sobre Ganancias Patrimoniales ("Plusvalía estatal "o"Plusvalía")

Este impuesto se paga al estado y se calcula en función de la diferencia entre el valor de compra y venta de la propiedad. Se tiene en cuenta anualmente cuando el vendedor presenta la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) para los residentes fiscales de España.

Para los no residentes, este impuesto se paga en forma de Impuesto a la renta de no residentes (IRNR). Si el valor de venta es menor que el valor de compra, la plusvalía es negativa y el impuesto será de 0,00 €.

Una vez concluida la compraventa de viviendas de segunda mano en España, los impuestos se distribuyen de la siguiente manera:

  • El vendedor paga el Impuesto sobre las ganancias de valor de la tierra y el Impuesto sobre las ganancias de capital.
  • El comprador paga el impuesto de Timbre en el régimen del impuesto de transferencia de propiedad.

Impuesto sobre la plusvalía Municipal (Plusvalía Municipal)

Este impuesto se calcula a partir del aumento del valor catastral de la tierra, dependiendo del año de construcción (máximo 20 años y solo se tienen en cuenta los años completos). Por ejemplo, en Marbella se establecen los siguientes porcentajes para calcular:

  • 1 – 5 años: 2,5%
  • 5 – 10 años: 2,3%
  • 10 – 15 años: 2,4%
  • 15 – 20 años: 2,5%

Si usted compró un Apartamento en Marbella y lo vendió después de 6 años, el aumento en el valor catastral de la tierra será de 2,3% por año. El porcentaje total para 6 años sería 6 x 2.3% = 13.8%. La base imponible es el valor de la tierra en el momento de la compra del Apartamento. Por ejemplo, si el valor de la tierra hace 6 años era de 50.000€, el monto del impuesto sería 13,8% de 50.000€, es decir, 6.900 €.

Impuesto a las ganancias de capital ("Plusvalía estatal")

Este impuesto se aplica a la diferencia entre el valor de compra y venta de la propiedad. Bajo el costo de compra se entiende la cantidad especificada en el contrato de venta, menos el impuesto sobre la ganancia de valor de la tierra (IIVTNU) y la Comisión de la agencia inmobiliaria, incluido el IVA.

La base imponible (valor de venta) se calculará como: Costo de venta = Precio en el contrato-Impuesto sobre el aumento del valor de la tierra – (Comisión de la agencia inmobiliaria + IVA)

Tasa de interés:

  • Desde los primeros 6.000 € – 19%
  • De 6.000 € a 50.000 € – 21%
  • Desde 50.000 € y más – 23%

Estos impuestos se detallan en la declaración anual de la renta (IRPF) y se pagan en el siguiente año calendario después de la venta. Para los no residentes, el impuesto se paga como parte de la declaración de no residentes.

Excepción: Las personas mayores de 65 años que vendan su vivienda principal por debajo de 350.000 € están exentas de este impuesto al comprar otra vivienda principal.

Desde enero de 2013, el recibo del pago del impuesto es obligatorio para presentar en el Registro de la propiedad.

Aviso importante

Al vender una propiedad en Marbella u otras ciudades de España, las leyes y regulaciones, así como las circunstancias personales, pueden cambiar. Toda la información proporcionada es una guía indicativa para los posibles vendedores de bienes raíces en España.